
Herencias
La obligación de los herederos de presentar la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en los seis meses posteriores al fallecimiento, hace que sea uno de los trámites más frecuentes y que más preocupa a los afectados, tanto por su complejidad como por ser un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, dónde cada una tiene potestad para aplicar deducciones y bonificaciones. Por tanto, no se pagará lo mismo en una comunidad que en otra. Es muy importante conocer las diferentes deducciones y bonificaciones existentes en cada Comunidad Autónoma y como han de presentarse las liquidaciones.
Este despacho tiene una amplia experiencia en la liquidación y presentación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en toda España, ya que el gran flujo migratorio hace que una familia esté residiendo en distintas comunidades y se vean en la necesidad de liquidar en una comunidad distinta a la suya.
También asesoramos y liquidamos donaciones, que según las bonificaciones de la comunidad autónoma puede ser muy interes antes en la adquisición de inmuebles por los familiares directos.